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En la última decisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), los militares que estén comprometidos a contar en detalle los hechos ocurridos durante la guerra podrán obtener la libertad condicional sin cumplir el requisito de estar 5 aós privados de la libertad.
Así lo ratificó la JEP, después de que el sargento retirado Norberto Alfonso Conrado Eslava, quien fue capturado en el 2017 por el delito de “homicidio agravado en persona protegida” y que también está en el caso 03 sobre los mal llamados “falsos positivos”, solicitara su libertad. Según datos de la magistratura, desde el comienzo de la Jurisdicción hasta el 16 de septiembre del presente año, 385 personas entre militares y civiles han obtenido la libertad condicionada.
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La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, le negó el beneficio a Conrado argumentando que solo había estado tres años en la cárcel. El militar apeló la decisión, y aseguró que había dicho toda la verdad, la Selección de Apelación decidió revaluar su caso y revisar si sus confesiones han sido extraordinarias.
“de forma voluntaria el compareciente hizo aportes a la verdad que no fueron tenidos en cuenta a la hora de determinar si podía acceder al beneficio. Esto, luego de que la JEP asumió la competencia del proceso que tiene en su contra por el homicidio de Néstor Rodríguez Santana, quien presuntamente fue ejecutado y presentado como guerrillero muerto en combate por efectivos del batallón de infantería n.º 15 Francisco de Paula Santander el 10 de junio de 2007”, concluyeron los magistrados de la Sección.
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Según la Sección de Apelación, Conrado ya hablo sobre el homicidio por que se le investiga y confesó sobre otros hechos de violación a los derechos humanos en los que participó o fue testigo.
La JEP deberá contrastar lo dicho por Conrado, con las versiones de las víctimas, para determinar más adelante si se puede otorgar o no la libertad condicionada y así pueda continuar su proceso en la justicia transicional fuera de la carcel.





