El Consejo de Estado negó la solicitud hecha por el excongresista Musa Besaile de trasladar su proceso de pérdida de investidura por el ‘Cartel de la toga’ a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
Según el Consejo, la JEP no es el órgano competente para adelantar en segunda instancia, los procesos de pérdida de investidura contra congresistas, además señaló que esa responsabilidad la tiene el alto tribunal.
“Se establece la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), se verifica que dentro del objeto de esta no se halla el resolver demandas de pérdida de investidura de los congresistas de la República, puesto que se trata de una atribución reservada por la Constitución Política y la ley de manera exclusiva al Consejo de Estado”, dice el fallo que cita los objetivos del Acto Legislativo 1 de 2017.
Además, la máxima autoridad aseguró que también mantiene la competencia de adelantar procesos de pérdidas de investidura contra miembros que actualmente hacen parte del partido Farc.
Prueba de esto, es la investigación que se llevó a cabo contra el exlíder de la extinta guerrilla Jesús Santrich el 20 de mayo de 2019, la Sala Plena negó pérdidas de investidura al exguerrillero como Representante a la Cámara.
Cabe recordar, que el Consejo de Estado adelanta en segunda instancia, el proceso de pérdida de investidura contra Besaile, a quien le declararon ‘muerte política’ por el denominado el ‘Cartel de la toga’.