La Jurisdicción Especial para la Paz negó la solicitud de amnistía al exguerrillero de las Farc Óscar de Lima, alias “Zarco”, por el reclutamiento ilícito y el acceso carnal violento contra una niña de la etnia Wayúu en 2014.
Asimismo, agregó que “tampoco son indultables o amnistiables los delitos de lesa humanidad, el genocidio, los crímenes de guerra, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento de menores, de conformidad con el Estatuto de Roma”.
Del mismo modo, se autorizó que fuera privado de la libertad hasta la entrada en funcionamiento de la JEP en la zona veredal transitoria de Mesetas, en el departamento de Meta.
Para negar la medida solicitada, “la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP analizó las conductas cometidas por De Lima y encontró que las circunstancias en las que presuntamente tuvieron lugar estaban relacionadas con el conflicto armado entre las FARC y el Estado colombiano”, explicó el organismo.
La Comisión Étnica de la JEP indicó que en este caso la violencia sexual corresponde a una “práctica común en contra de los pueblos étnicos”, lo cual podría enmarcarse en patrones de discriminación y dominación cultural.
Por otro lado, la Comisión de Género de la JEP señaló que el conflicto armado aumenta el riesgo de las mujeres a sufrir violencia de género.
Además, precisó que la violencia sexual es una de las formas que ayuda a demostrar poder y dominio sobre las mujeres.
Por su parte, el tribunal especial anunció investigaciones y sanciones contra quienes dentro del conflicto cometieron abusos sexuales, contra los menores de edad.
Por redacción digital y EFE.