La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por el término de 10 años a Ana María Aparicio Angarita, en su condición de alcaldesa (e) de Barichara, Santander, para el año 2016, por desconocimiento de los principios que regulan la contratación estatal.
La entonces mandataria encargada celebró un contrato de dación de pago del predio El Huerto el cual era indispensable englobar al predio La Primavera para obtener la escrituración de los lotes del proyecto de vivienda de interés prioritario del cual era beneficiaria, conducta con la cual incurrió en conflicto de intereses, dado el beneficio particular y directo del que se hacía acreedora con los resultados de la diligencia.
A juicio del ente de control la disciplinada transgredió el artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 que preceptúa “cuando el interés general propio de la función pública entre en conflicto con el interés particular y directo del servidor público, este deberá declararse impedido”, de no manifestar su impedimento podrá ser recusado por “tener interés particular y directo en la regulación, gestión, control o decisión del asunto (…)”.
La conducta desplegada por Aparicio Angarita fue calificada como gravísima, cometida a título de culpa gravísima, por violación manifiesta de reglas de obligatorio cumplimiento.
Contra esta decisión disciplinaria de primera instancia se interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Procuraduría Regional de Santander.