Comienza a regir la Ley de Movilidad Eléctrica en el país

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El presidente Iván Duque puso en marcha la Estrategia Nacional de Movilidad Eléctrica, con la que se busca reducir las emisiones contaminantes y de gases de efecto invernadero, y mejorar la calidad del aire y la salud de todos los colombianos.

“Hoy estamos haciendo historia, y estamos haciendo historia porque esto es un hito en la movilidad de nuestro país; y es un hito porque tendremos un parque automotor más limpio, más amigable y más acorde con lo que queremos sea nuestras ciudades”, aseguró.

La estrategia fue lanzada en el parque Simón Bolívar de Bogotá a donde el Primer Mandatario llegó conduciendo un vehículo eléctrico para cinco pasajeros y con autonomía de 120 kilómetros por carga de batería, acompañado de la Ministra de Transporte, Ángela María Orozco. 

El presidente Duque resaltó que el país tendrá “un parque automotor más limpio, más amigable y más acorde con lo que queremos para nuestras ciudades”.

La iniciativa también contempla la meta de que mínimo el 10% de los vehículos adquiridos deben ser eléctricos o de cero emisiones, a partir de 2025 y de incorporar 600.000 vehículos eléctricos para 2030.

También menciona que es necesario definir un marco regulatorio para promocionar y generar los mecanismos económicos y el mercado necesarios para ello.

Beneficios de la Ley de Movilidad Eléctrica

Uno de los beneficios que trae la Ley de Movilidad Eléctrica es que el impuesto de vehículos automotores se liquidará sobre el 1 por ciento del valor comercial total del automotor eléctrico.

Esta tarifa diferencial se encuentra por debajo de lo estipulado, en la medida en que la Ley 488 de 1998 establece que el impuesto de vehículos de combustibles se determina sobre la base de su valor comercial, así: hasta $20.000.000, 1,5%; más de $20.000.000 y hasta $45.000.000, 2,5%, y más de $45.000.000, 3,5%.

En materia de revisión técnico-mecánica, la Ley establece que el Ministerio de Transporte, en un término de 6 meses, reglamentará los lineamientos para este requisito y determinará el descuento que tendrá para cumplir con este requerimiento.

Así mismo, determina que habrá un descuento del 10% en las primas del Seguro Obligatorio de Accidente de Tránsito (Soat); además, autoriza a las entidades territoriales a desarrollar, promover y ofertar esquemas de incentivos como descuentos en el registro o impuesto de los vehículos, tarifas diferenciales de parqueaderos o, incluso, exenciones tributarias.

Otro de los beneficios que otorga la norma para los vehículos eléctricos es que estos no tendrán ningún tipo de restricción a la circulación, como el Pico y Placa y el Día sin Carro, ni de tipo ambiental, entre muchos más.