El Consejo de Estado revocó la decisión que ordenó al Presidente del Senado remitir el proyecto de acto legislativo que creaba las 16 curules especiales de paz al mandatario Juan Manuel Santos para su promulgación.
Lo anterior de debe, a que para el alto tribunal, en medio del octavo debate de este proyecto, el Gobierno debía hacer públicas sus apreciaciones para que fuese aprobado y no instaurar una acción, como se llevó a cabo.
La corporación rechazó la acción de cumplimiento interpuesta por el ministro del Interior, Guillermo Rivera luego de concluir que el requisito de procedibilidad de la acción no fue debidamente agotado por el funcionario previamente a la presentación de la demanda, pues no reclamó al presidente del Senado el cumplimiento del artículo 196 de la Ley 5ª de 1992 que sustentaba la pretensión de promulgación de la iniciativa de reforma constitucional.
La decisión fue adoptada por la Sección Quinta con ponencia del consejero Carlos Enrique Moreno Rubio, al resolver la impugnación interpuesta por el representante judicial del Senado contra la sentencia mediante la cual el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en primera instancia, accedió a las pretensiones de la demanda y ordenó al Presidente del Senado remitir el proyecto de acto legislativo a Santos para la promulgación por considerar que estaba aprobado.





