Corte dice que jueces pueden definir el acceso a periodistas en audiencias

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La Corte Suprema de Justicia falló sobre una tutela impuesta por un grupo de periodistas, quienes alegaron que se les estaba faltando al derecho de libertad de prensa e información por no poder ingresar a una audiencia pública en el alto tribunal. 

Los hechos ocurrieron el pasado 31 de enero, cuando la Fiscalía solicitó que la audiencia en contra del director de la cárcel Modelo de Bogotá por corrupción se cumpliera a puerta cerrada, propuesta aceptada por el juez que estuvo a cargo de la diligencia. 

Para los comunicadores, esta decisión “vulneró sus derechos a la libertad de prensa, expresión e información, también el derecho al trabajo y al debido proceso”, recurso que ahora fue respondido por la Corte.

Una magistrada negó el recurso luego de que el Tribunal Superior de Bogotá lo hiciera, ya que para la togada “los medios ejercen una importante labor de vigilancia y la libertad de información es un derecho fundamental pero no absoluto”. 

Igualmente, la Corte señaló que aunque los periodistas no entraron a la audiencia sí tenían acceso a los comunicados de la misma, teniendo información de primera mano sobre lo que estaba sucediendo, de la misma forma afirmando que el juez de turno tiene la potestad de decidir si permite medios de comunicación en la sala o no.