La Corte Constitucional afirmó que no es ilegal que dos estudiantes tengan relaciones sexuales en el salón de clases, solamente en el caso de dos estudiantes de un colegio militar que fueron grabados en estas circunstancias.
El fallo de tutela proferido por el alto tribunal, explicó que en este caso específico hubo desconocimiento al debido proceso en la sanción disciplinaria impuesta a dos jóvenes, quienes fueron grabados en video de cámaras de seguridad y el video salió a la luz pública difundiéndose rápidamente.
Igualmente, la Corte señaló que la institución educativa no llevo a cabo los debidos criterios que establecían en su manual de convivencia donde esta era una falta grave al mismo, por lo que cada colegio debe prestar atención a las medidas toman cuando se presentan casos de este tipo.
Además, afirmaron que antes de imponer una sanción estricta como expulsión se debe hacer un acompañamiento psicológico y de trabajo social con los estudiantes, para garantizar el respeto de sus derechos y la intimidad.
Por tanto, el fallo explica que aunque este tipo de situaciones afecten el ambiente en un plantel educativo, este no está preparado para abordar casos en el tema por lo que exigió al colegio que implemente un tratamiento integral a los estudiantes y a sus familiares, en acompañamiento de profesionales.
Corte Constitucional en Sentencia T-364 de 2018 sólo estudió un caso particular de desconocimiento a debido proceso en sanción disciplinaria adelantada a dos jóvenes estudiantes de un colegio.
— Corte Constitucional (@CConstitucional) 12 de septiembre de 2018
El colegio no aplicó debidamente los criterios que había establecido en su propio manual de convivencia para imponer una sanción ante una falta gravísima.
— Corte Constitucional (@CConstitucional) 12 de septiembre de 2018