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Corte Constitucional tumbó la participación del ministerio de Defensa en procesos de miembros activos y de la reserva de la fuerza publica al interior de la JEP.
La Corte tomó la decisión debido a vicios de procedimientos, es decir que, el procedimiento al interior del Congreso para la aprobación de este artículo fue irregular por que fue introducido en plenarias, no fue introducido desde el primer debate ni comisión del Senado ni de Cámara de representantes.
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