Endurecen ingreso de vehículos en 12 zonas fronterizas

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El Gobierno nacional endureció en zonas fronterizas de 12 regiones las restricciones para el ingreso de vehículos, motocicletas y embarcaciones menores procedentes de países vecinos, lo que generó molestia entre varias autoridades locales.

Mediante el decreto 2229 del 27 de diciembre de 2017, el Ministerio de Transporte reglamentó “las condiciones, términos y requisitos para autorizar la internación temporal de vehículos, motocicletas y embarcaciones fluviales menores con matrícula del país vecino a los residentes en las Unidades Especiales de Desarrollo”.

La medida cobija a las regiones de Amazonas, Arauca, Boyacá, Cesar, Chocó, Chocó, La Guajira, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Vaupés y Vichada.

Según el decreto, “los vehículos, motocicletas y embarcaciones fluviales menores sólo podrán transitar en la jurisdicción del departamento al que pertenece la Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo para la que se haya expedido la respectiva autorización”.

Además, precisa que son los alcaldes donde se encuentre la Unidad Especial quienes deberán autorizar el ingreso de tales vehículos y que el propietario tendrá que pagar un impuesto ante la Secretaría de Hacienda del departamento correspondiente.

Del mismo modo, el decreto indica que únicamente si el vehículo con matrícula extranjera permanece en el país hasta por un máximo de tres meses no se solicitará la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes.

También aclara que dichos automotores no podrán prestar servicio público de transporte ni ser comercializados, donados, arrendados o entregados en comodato.

Tras conocer la medida, varias autoridades de la ciudad de Cúcuta, pidieron revisarla ya que están en contra de que el recaudo de impuestos beneficie en un 80% a los departamentos y solo en un 20 % a los municipios, informa Efe.