Entre las novedades, se destacan las creaciones de comités evaluadores para entregar permisos especiales regionales y nacionales, consulta de antecedentes de la SIJIN Y DIJIN, Registro Nacional de Medidas Correctivas y consulta de procesos activos en la Fiscalía.
En cuanto a este particular, las 289.262 personas que fueron objeto de comparendo por violar el artículo 27 del Código de Policía, verán restringida la eventual posibilidad de tener un permiso especial de porte de armas. Las conductas por las que fueron sancionados son:
• Portar armas, elementos cortantes, punzantes o semejantes, sustancias peligrosas, en áreas comunes o lugares abiertos al público.
• Reñir, incitar o incurrir en confrontaciones violentas que puedan derivar en agresiones físicas
• Agredir físicamente a personas por cualquier medio
• Amenazar con causar daño físico a personas por cualquier medio
• Portar armas neumáticas, de aire, de fogueo, de letalidad reducida o sprays
• Lanzar objetos que puedan causar daño o sustancias peligrosas a personas.
Adicionalmente, el jefe de cartera anunció que la medida será objeto de evaluación trimestral por parte del Comando General de las Fuerzas Militares, los Comandos de Fuerza y la Dirección de la Policía Nacional, en coordinación con los Comandantes de Brigada con seccional de control comercio de armas.
Por su parte, de ahora en adelante, Ministros, Concejales y funcionarios del Ministerio de Defensa Nacional, deberán pasar por el mismo proceso de evaluación que cualquier persona natural.
En la actualidad, en Colombia hay 339.160 personas naturales con permiso para portar armas, todos suspendidos. De esos, en 2018 se concedieron 5.630 permisos especiales regionales y 1.197 permisos especiales nacionales, para un total de 6.827 permisos especiales. Esta cantidad, corresponde al 0.015% del total de la población de Colombia.