La Procuraduría General de la Nación apeló la decisión del juez que dejó en libertad a Guido Alberto Nule Marino, sin haber tenido en cuenta la gravedad de delito cometido y sin que el procesado haya indemnizado directamente a las víctimas del carrusel de la contratación en Bogotá.
Nule quedó en libertad el pasado 28 de diciembre, luego de que un juez de ejecución de penas de Barranquilla tomara la decisión condicionándolo a que no fuera requerido por ninguna autoridad judicial admitiendo la solicitud teniendo en cuenta el cumplimiento formal que exige la ley para conceder la libertad, que en este caso fue de las tres quintas partes de la condena a 21 años impuesta a Nule Marino.
Para el Ministerio Público, antes de tomar esta decisión el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla, debió valorar la gravedad de los daños que ocasionó este peculado por apropiación agravado, como sí lo hicieron el Tribunal Superior de Bogotá y la Corte Suprema de Justicia.
En el caso de tribunal este subió la condena de 90 meses a 14 años, 11 meses y 15 días de prisión e impuso una inhabilidad de por vida para contratar con el Estado y ejercer funciones públicas, mientras que la sala Penal fijó la sentencia en 19 años, 5 meses y 11 días y decretó el pago de una multa de más de 13 mil millones de pesos.
“No es lo mismo una apropiación pequeña de los recursos del Estado, a una que supera los miles de millones de pesos, que como en el presente caso asciende según afirmación del ente acusador a una suma de CINCUENTA Y UN MIL MILLONES DE PESOS, como valor indebidamente apropiado y según informe de la víctima representada por la Contraloría General de la Nación, a una suma de CIENTO SESENTA Y SEIS MIL MILLONES DE PESOS, los que a la fecha no han sido reintegrados”, indicó el ministerio público.
La Procuraduría precisó que de acuerdo con una sentencia de la Corte Constitucional “es razonable suponer que entre más grave sea la conducta punible más exigente sea el juez de ejecución de penas para conceder el subrogado de libertad condicional. Por el contrario, entre menos grave sea la conducta, menos exigente para conceder el subrogado”.
El ente de control como garante del orden jurídico y del patrimonio del Estado y en cumplimiento de las obligaciones establecidas en los convenios de lucha contra la corrupción de la ONU y la OEA solicitó que para el caso de Guido Nule Marino el estudio de su petición de libertad incluya todas las exigencias del caso, las normativas y los requisitos aplicables para conceder el beneficio.