¿Qué va a pasar con la erradicación de cultivos por decisión de la Corte?

Foto: EFE
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La Corte Constitucional dejó en manos del Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE) la decisión de reanudar o no las aspersiones aéreas de cultivos ilícitos con glifosato en un fallo que mantiene las restricciones fijadas en 2017 para el uso del herbicida.

“La Sala Plena de la Corte Constitucional reiteró la competencia del Consejo Nacional de Estupefacientes para decidir sobre la reanudación del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante aspersión aérea con glifosato”, manifestó el alto tribunal en un mensaje de Twitter.

En un debate que se prolongó por dos días, la Corte Constitucional examinó una ponencia del magistrado Alberto Rojas contraria a lo que pide el Gobierno del presidente Iván Duque, que argumenta que el herbicida es fundamental para controlar el crecimiento desbordado de las plantaciones de coca que en 2017 alcanzaron un récord de 209.000 hectáreas.

“Las condiciones se mantienen con precisiones. Lo que estamos dejando claro surgió con ocasión de un debate que el país dio” sobre “la sentencia del 2017 en la dimensión que ella tenía”, manifestó la presidenta de la Corte, magistrada Gloria Ortiz.

La revisión fue pedida por Duque a la Corte Constitucional con el fin de “moderar” las seis condiciones de orden legal, sanitario y ambiental que ese tribunal fijó en la sentencia de 2017, un paso más en el proceso que comenzó en 2014 cuando ordenó hacer seguimiento a los posibles efectos que la aspersión del herbicida puede tener sobre la salud humana.

Tras la decisión de este jueves el Ministerio de Justicia anunció que “llevará al Consejo Nacional de Estupefacientes la propuesta de protocolo, para que dentro del cumplimiento de la sentencia y del auto, se pueda utilizar la aspersión aérea como una herramienta más en la lucha contra los cultivos ilícitos”.

En el auto 387 emitido este jueves, la Sala Plena de la Corte también pidió a las autoridades designadas por el CNE que concluyan a “la mayor brevedad posible el procedimiento de consulta con las comunidades étnicas y el Consejo Comunitario Mayor de Nóvita”, del departamento del Chocó, en la región del Pacífico.

La Corte también intimó a la Procuraduría General y a la Defensoría del Pueblo para que supervisen de manera conjunta “el cumplimiento de lo dispuesto” por la Sentencia T-236 de 2017.

Igualmente señaló que el Consejo Nacional de Estupefacientes deberá considerar y valorar toda la evidencia científica y técnica disponible frente a la “minimización de los riesgos para la salud y el medioambiente”.Efe