La SIC aseguró que la sanción contra Rappi se debe al incumplimiento de normas en entregas, doble cobro o venta de licor a menores de edad.
La superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ratificó este una multa de 1.245 millones de pesos contra la empresa Rappi por vulneración de derechos de consumidores, como incumplimiento de normas en entregas, doble cobro o venta de licor a menores de edad.
La superintendente de Industria y Comercio, María del Socorro Pimienta, expresó que sancionan a Rappi por la “deficiencia en la calidad del servicio”, en referencia al doble cobro que realizó la empresa a consumidores y por incumplimientos en tiempos de entrega.
Igualmente, dijo que Rappi tiene la condición de proveedor, “por lo que está sujeto al cumplimiento de las obligaciones contenidas en el estatuto del consumidor como ‘calidad e idoneidad’ del servicio”.
Además, la superintendente también reclamó por la falta de información que maneja la aplicación y por no cumplir con la obligación de las protecciones de “niños, niñas y adolescentes en el comercio electrónico”.
“Contra esta decisión no procede ningún recurso”, concluyó la funcionaria.
Rappi, que nació en 2015 en Colombia como una “startup” de entregas a domicilio, es actualmente una plataforma de servicios multiuso que tiene además operaciones en 9 países y más de 250 ciudades de la región con cerca de 3 millones de usuarios.
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La compañía lidera el sector en Colombia con el 44 % de presencia y le siguen, a gran distancia, Ifood (9 %) y DiDi Food (3,6 %), todas ellas en crecimiento.