Validan ley que garantiza la prestación del servicio de alimentación escolar de manera oportuna

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El Presidente Iván Duque Márquez sancionó en las últimas horas la Ley 2167 de diciembre del 2021, en la cual se garantiza la prestación del servicio de alimentación escolar de manera oportuna y de calidad durante el 100 % del calendario académico y, además, se asegura la concurrencia efectiva, coordinada, articulada y conjunta de los recursos a cargo de la Nación, los distritos, los departamentos y los municipios.

La norma de cinco artículos fue firmada por el Jefe de Estado y los Ministros de Educación, María Victoria Angulo; de Hacienda, José Manuel Restrepo, y del Interior, Daniel Andrés Palacios.

De esta manera, las entidades territoriales certificadas deberán adelantar la planeación con tiempo suficiente, así como los trámites administrativos, contractuales y presupuestales necesarios para lograr que el servicio de alimentación escolar se brinde desde el primer día y sin interrupción durante el calendario escolar.

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“Las entidades competentes gestionarán la planeación y administración de los contratos y convenios, a fin de garantizar la operación oportuna del programa. El Gobierno Nacional reglamentará la materia”, dice un aparte del articulado.

La Ley ordena y posibilita al Gobierno Nacional, los distritos, departamentos y municipios respetar los principios de planeación presupuestal y los criterios de sostenibilidad fiscal contenidos en el ordenamiento jurídico colombiano para asegurar la disponibilidad de recursos por períodos iguales o superiores al calendario académico.

Por último, la Ley, en su artículo 4, autoriza al Gobierno Nacional para que en el término de seis meses se haga la reglamentación de la norma.